lunes, 27 de noviembre de 2023

La Impunidad Del Poder Político Del PRI Impidió Detener Al Presidente Municipal de Toluca

  


Por José Humbertus Pérez Espinoza

COLUMNA ESPECIAL

Desde el mes de febrero de 2023 se presentaron diversas denuncias penales por parte de Viridiana Rodríguez Rico, ex esposa del presidente municipal de Toluca, Raymundo Martínez Carbajal, principalmente por violencia familiar y de género.

La maestra en derecho procesal penal, Viridiana Rodríguez, realiza graves acusaciones de los servidores públicos involucrados en obstruir las investigaciones por parte de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), acusando a su titular José Luis Cervantes Martínez, como el principal amigo y protector de Raymundo Martínez Carbajal.

Así como también, la participación el 5 de mayo de 2023 a las 7 P.M. de integrantes de la Fiscalía General, de la Fiscalía de Género, la Fiscalía Anticorrupción, ministerios públicos, de la recién nombrada directora del DIF, María Díaz Solano, y el notario Erik Santín, quienes se presentaron al domicilio de Viridiana Rodríguez Rico, para que les firmara el desistimiento de las denuncias penales

El desistimiento de delitos graves como el secuestro exprés, en donde, no se puede otorgar el perdón porque las investigaciones se siguen de oficio y, por tal motivo, no puede haber renuncia por estas conductas cometidas por el presidente municipal de Toluca.


Mediante amenazas los funcionarios de la FGJ obligaron  firmar el desistimiento y un acuerdo de confidencialidad a Viridiana Rodríguez Rico. Lo más absurdo del convenio señala que no se puede hablar mal del presidente municipal por 15 años y si lo hiciera tendrían que pagarle a Raymundo Martínez Carbajal, 15 millones de pesos.

Las testimoniales y acusaciones de Viridiana Rodríguez Rico, son muy contundentes cuando denuncia que la Fiscal Central para Delitos de Género Dilcya Samantha García Espinoza de los Monteros, “vio la manera de proteger a este agresor”, donde el fiscal general José Luis Cervantes Martínez y el vice fiscal Martín Marín Colín, por su amistad con el presidente municipal de Toluca “siguen protegiendo a este delincuente”.

El secuestro exprés del señor Emilio Rodríguez, padre de Viridiana Rodríguez Rico, tuvo como objetivo acallar las denuncias por violencia de género, violencia familiar y fabricarle el delito de robo en lugar cerrado y encubrimiento por receptación.

Sin embargo, este supuesto delito genera dudas de que se haya realizado, y esto se acredita cuando el Diario El Sol de Toluca en su edición del 13 de abril de 2023 titulaba este hecho de manera distinta “Detienen al suegro del alcalde de Toluca por alterar el orden público”.

Cuando en realidad en estos hechos se comete el delito de secuestro exprés por parte de los policías municipales de Toluca y siendo su autor intelectual Raymundo Martínez Carbajal en agravio del señor Emilio Rodríguez, quién fue privado de su libertad para que las denuncias de su hija Viridiana Rodríguez Rico no continuaran.

La detención ilegal era una respuesta del poder político para ocultar las denuncias de la ex esposa del presidente municipal de Toluca en tiempo electorales, para que no afectara y no repercutiera en contra de la candidata del PRI a la gubernatura del Estado de México Alejandra Paulina del Moral Vela: “La Mujer Valiente”.

El Poder Judicial del Estado de México no fue ajeno para proteger al presiente municipal de Toluca, toda vez que el Doctor Ricardo Sodí Cuellar y el presidente Municipal de Toluca Raymundo Martínez Carbajal, firmaron hace más de un año, concretamente el 22 de noviembre de 2002 el Convenio que puso en marcha el Juzgado en Línea Especializado en Violencia Familiar, que es una plataforma que acerca a la justicia y busca salvaguardar la integridad de las familias toluqueñas.

La FGJEM tenía pruebas certificadas otorgadas por Viridiana Rodríguez Rico que acreditaban las conductas despegadas por Raymundo Martínez Carbajal, por los delitos de violencia familiar, de género y de extorsión, para la segunda quincena de mayo existían los elementos de tipo penal para ejercitar la acción penal y solicitar a la LXI Legislatura que se iniciará el juicio de procedencia para desaforar al presidente municipal de Toluca.

Si el Poder Judicial del Estado de México y el presidente municipal de Toluca habían firmado el Convenio el 22 de noviembre de 2022, que puso en marcha el Juzgado en línea Especializado en Violencia Familiar, entonces ¿Por qué la FGJEM no ejercitó la acción penal y solicitó al citado Juzgado Especializado en Violencia Familiar la orden de aprehensión en línea?



Por una simple razón porque para Raymundo Martínez Carbajal, Ricardo Sodi Cuellar y José Luis Cervantes Martínez, su candidata de la unidad priista era La Mujer Valiente Alejandra del Moral Vela, y por ningún motivo se podría empañar de por si su gris candidatura que nunca creció ni con unas cucharaditas de Royal.

Así las cosas, el poder político para proteger a Raymundo Martínez Carbajal de los delitos de violencia familiar, de género y de extorsión cometidos por el presidente municipal de Toluca podrían esperar no había prisa, no perdían la esperanza que uno milagro hiciera ganar a la candidata del PRI la gubernatura del Estado de México.

No obstante que durante los últimos tres años en el Estado de México y en todo el país, los colores morado que identifican las luchas feministas, se convirtieron en vestimentas predilectas de diputadas, alcaldesas, senadoras, funcionarias públicas, magistradas, se construyó la Ciudad Mujeres y solo para hacer de la moda uno distintivo más de la impunidad del Estado de México

Es clara la protección que le dieron a Raymundo Martínez Carbajal antes de la llegada del gobierno de la maestra Delfina Gómez Álvarez, pero aún así, las ayudas no dejaron de estar presente, ¿quién dentro de la FGJEM filtró la información que se había girado orden de aprehensión en su contra?

Y no solo de este órgano del Estado pudo filtrarse su inminente detención, también pudo haber salido del Poder Judicial o de muchos de los operadores del PRI, que siguen despachando en los principales organismos encargados de ejercer el poder político en el Estado de México.

Pero también es de gran apoyo girar una o varias órdenes de aprehensión a un servidor público que cuenta con fueron constitucional, Ricardo Sodi Cuellar como doctor en derecho constitucional y José Luís Cervantes Martínez como exmagistrado ¿no tenían ambos conocimiento que se tenía que iniciar el juicio de procedencia para desaforar a Raymundo Martínez Carbajal?

Se le informó de la fuga, se le otorgaron elementos jurídicos y vicios al debido proceso para que un juez le otorgue un amparo para no ser detenido por contar con fuero constitucional.

¿Quién fue el responsable de montar todo uno espectáculo mediático que favorecerá seguramente a Raymundo Martínez Carbajal, que cuenta con mucho dinero, con millones de pesos para contratar a los mejores despachos de abogados, para que lo defienda en detrimento de las instituciones de procuración y administración de justicia que siempre lo ayudaron y protegieron?

miércoles, 15 de noviembre de 2023

El Estado De México No Necesita Un Nuevo Código Penal

 



Por José Humbertus Pérez Espinoza.

COLUMNA ESPECIAL 


El legislar un nuevo Código Penal en el Estado de México tienen diversas interpretaciones, la primera el protagonismo sin límite del presidente del Poder Judicial del Estado de México (PJEM), Dr. Ricardo Sodi Cuellar, el segundo pretender resolver parcialmente el problema de los falsos culpables por delitos de alto impacto para reducir las condenas o quitarles años siendo inocentes y no darles la libertad, y el tercero ocultar los graves actos de corrupción en la implementación del Sistema Justicia Penal Acusatorio (SJPA).


Es incongruente que en nuestro país la legislación procesal esté transitando a expedir Códigos Únicos. Recientemente el Congreso de la Unión expidió el Código Nacional de Procedimiento Civiles y Familiares. Incluso el titular del PJEM tiró la casa por la ventana realizando diversos encuentros, conferencias, convocando a los jueces y magistrados expertos en la materia civil y familiar, para dar a conocer la aplicación de este nuevo marco normativo.


Existen diversas iniciativas que están en el proceso legislativo del Congreso de la Unión, para que se expida el Código Penal Único, los legisladores federales de ambas Cámaras cuentan con proyectos de dictamen para enviarlo para su discusión y aprobación. Lo que va a detener, que no se concluya el proceso legislativo con las próximas elecciones presidenciales.

Dentro de la exposición de motivos para expedir el Código Penal Único, se cuestiona que “No se puede seguir con distintos tipos penales, dependiendo de cada entidad federativa con sesiones distintas, dentro del SJPA. Es una oportunidad para que este código deje de ser instrumento de preservación de la cultura patriarcal y misógino, y acabar con el populismo legislativo de crear nuevos delitos e incrementar los años de las penas”.

Es claro que expedir un Nuevo Código Penal para el Estado de México es ocioso, será innecesario, porque en menos de dos años será abrogado por la aprobación del Código Penal Único. El proceso legislativo será utilizado para legitimar los egos personales de los presidentes de las Comisiones Legislativas de Puntos Constitucionales, Seguridad y Justicia, que son los responsables en gran medida de la impunidad e inseguridad que se vive en el Estado de México.



Los legisladores del Estado de México deben de explicar porqué sus reformas penales de los decretos números 56 y 123 publicados en la Gaceta del Estado de México el 25 de febrero y 20 de agosto de 2013, en donde en el primero se reformó el artículo 374 fracción II inciso d), para que las declaraciones de testigos o peritos que hayan fallecido, si no se localizaban y por eso no hubiese sido posible realizar su desahogó, se tomará como válida la incorporación de su declaración mediante lectura.


En el segundo decreto en el delito de extorsión, si los imputados se ostentan de pertenecer alguna asociación o grupo delictuoso, se cometa con violencia o sea miembro de una corporación policiaca se les dictará sentencia de 40 años la mínima y la máxima 70 años de prisión.

La SCJN (Suprema Corte de Justicia de la Nación) resolvió que el artículo 374 fracción II inciso d) del Código de Procedimientos Penales del Estado de México abrogado es inconstitucional, por qué viola los principios constitucionales de: contradicción e inmediación.

En el caso del delito de extorsión el Proyecto de Sentencia de Amparo en Revisión de la ministra presidenta Norma Lucia Piña Hernández, propone declarar inconstitucional el artículo 266 por violar el principio de proporcionalidad del artículo 22 de la Constitución Federal, porque previo a estas reformas ya se había modificado esta norma y que se tiene que sancionar como mínimo el delito de extorsión en 5 años y máximo 12 años.

Los Jueces de Ejecución de Sentencias y el Instituto de la Defensoría de Oficio después de estas resoluciones de la SCJN tuvieron que iniciar de oficio los incidentes, para poner en libertad a las personas que fueron condenadas con estas normas por considerarlas que son inconstitucionales.


Los ex presidentes de las Comisiones de Puntos Constitucionales tales como el diputado Apolinar Escobedo Idelfonso (PRI) y de Justicia el diputado Alfonso Adrián Juárez Jiménez (PAN), de la LVIII Legislatura (éste último actual presidente de la Comisión de Seguridad y Transito de la LXI Legislatura), no han reconocido que su dictámenes de reforma fueron reprobados por la SCJN al considerarlos inconstitucionales.

Las Comisiones Gobernación y Puntos Constitucionales (CGPC), y de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia (CPAJ) de las LVI, LVII, LVIII, LIX, LX y LXI Legislaturas, son las responsables de no haber realizado el control constitucional de los recursos de las partidas federales y locales de Presupuesto de Egresos del Estado de México para los ejercicios fiscales de 2009 al 2023 a través de FASP.

Los integrantes de las: LVI, LVII, LVIII y LIX Legislaturas de las CGPC y CPAJ, principalmente sus presidentes fueron cómplices de la corrupción e impunidad, de las reformas legislativas inconstitucionales y del desvíos de los recursos del FASP durante la administración del ex gobernador Eruviel Ávila Villegas. De los órganos legislativos se diseñaron reformas penales para consolidar la fabricación de los falsos culpables e incrementar las penas de los delitos de alto impacto para darles largas condenas a inocentes.

Recientemente mediante una solicitud de transparencia al Senado de la República nos informó que los presidentes del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, Magistrados: Baruch Delgado Carbajal, Sergio Javier Medina Peñaloza y Ricardo Sodio Cuellar no cumplieron con él artículo decimotercero transitorio del CNPP, que los obliga a presentar dos informes semestrales para que las Comisiones de Justicia del Congreso de la Unión conocieran como se estaba aplicando el CNPP.


El Secretario General del Senado de la República Arturo Garita en la respuesta de la solicitud de transparencia señala: “Se informa que no se cuenta con registros o inventarios alguno de la recepción de los informes semestrales que debieron rendir a la Comisión de Justicia del Senado de la República, el Poder Judicial de la Federación, la Procuraduría General de la República, la Comisión Nacional de Seguridad, la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de la República y la Conferencia Nacional de Procuradores, para evaluar el funcionamiento y operatividad del CNPP”.

Por estas graves omisiones las Comisiones de Justicia del Congreso de la Unión no han conocido porqué en el Estado de México y en todo el país la mayoría de las detenciones son en flagrancia. ¿Porqué no existe investigación inicial y complementaria? ¿Porqué sin pruebas se realizan la formal acusación y no se da el sobreseimiento? ¿Por qué no se aplican las técnicas de investigación y ante la falta de pruebas completas y suficientes con uno o más testimonios condenan a las personas inocentes?.

El magistrado Ricardo Sodi Cuellar y los diputados comparsas, muchos de ellos reprobados por la SCJN, deberían de cumplir con la aplicación del SJPA y del CNPP, en el caso concreto de Sodi Cuellar cumplir con los dos informes semestrales que le mandatan la Comisiones de Justicias del Congreso de la Unión para evaluar el funcionamiento y operatividad del CNPP.


Lo único que se busca con el nuevo Código Penal del Estado de México, es un borrón y cuenta nueva, reducir penas a falsos culpables por delitos de alto impacto, pero no otórgales la libertad y seguir dejándolos en prisión siendo inocentes.